Capítulo 2 - ¿Cuántas tasas de salario mínimo debería haber?

2.4 Igualdad de remuneración por trabajo de igual valor

En algunos países se fijan salarios mínimos más bajos para algunos grupos de trabajadores, como los jóvenes o las personas con discapacidad. También puede ocurrir que la aplicación de salarios mínimos diferentes por sector u ocupación resulte, de manera indirecta, del establecimiento de salarios mínimos más bajos para grupos de trabajadores con características particulares, como, por ejemplo, cuando las tasas salariales son más bajas en las ocupaciones o sectores en que predominan las mujeres o los trabajadores migrantes.

Cuando se establecen los diversos salarios mínimos, debe respetarse el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

El Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100), establece el principio de la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. El párrafo 2, apartado a), de la Recomendación sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 90), indica que este principio debería aplicarse, tan rápidamente como sea posible, al fijarse las tasas de los salarios mínimos, o de otros salarios, en las industrias y servicios en los cuales estas tasas sean fijadas por las autoridades públicas.

El Convenio núm. 111 es más amplio y tiene por objetivo la eliminación de toda discriminación en materia de empleo y ocupación, ya sea basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social, o en cualquier otro criterio determinado por los Estados partes en el Convenio.

Igual remuneración por trabajo de igual valor

El principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, tal como se establece en el Preámbulo de la Constitución de la OIT, no es lo mismo que la igualdad de remuneración por igual trabajo. La igualdad de remuneración por un mismo trabajo limita la aplicación del principio de igualdad de remuneración al trabajo llevado a cabo por dos o más personas en una misma área de actividad y en una misma empresa.

El concepto de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor es más amplio y abarca los casos en que hombres y mujeres realizan trabajos diferentes. Con el fin de determinar si diferentes tipos de trabajo tienen un mismo valor, las actividades laborales pueden ser valoradas mediante la aplicación de un método de evaluación (véase una descripción detallada en OIT: Igualdad salarial. Guía introductoria (Ginebra 2013)).

Por ejemplo, entre algunos de los empleos que se han comparado en el contexto de la evaluación de la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor se incluyen los siguientes: personal de los servicios de restauración y limpieza (en su mayoría mujeres) con los jardineros y los conductores (en su mayoría hombres); administradores de servicios sociales (en su mayoría mujeres) con ingenieros (en su mayoría hombres); y auxiliares de vuelo (en su mayoría mujeres) con pilotos y mecánicos (en su mayoría hombres).

Los salarios mínimos practicados en los sectores u ocupaciones en que predominan las mujeres son a menudo más bajos que los salarios mínimos en los sectores u ocupaciones en que predominan los hombres. Esto puede explicarse en parte por la falta de representación femenina en los procesos de negociación, pero también por las normas sociales y la tendencia a infravalorar el trabajo de las mujeres1.


1: OIT: Sistemas de salarios mínimos, Estudio General 2014, op. cit.