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Convenio sobre la violencia y el acoso

Uruguay, primer país en ratificar el Convenio sobre la violencia y el acoso

El histórico Convenio núm. 190 de la OIT, sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo, recibió su primera ratificación, llevándolo un paso más cerca de su entrada en vigor.

Noticia | 12 de junio de 2020
GINEBRA (OIT Noticias) – Uruguay se convierte en el primer país en ratificar el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190), un año después de haber sido adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo.

Ricardo González Arenas, Embajador y Representante Permanente de Uruguay ante las Naciones Unidas en Ginebra, depositó el instrumento de ratificación durante una ceremonia virtual celebrada con el Director General de la OIT, Guy Ryder.

Para que el Convenio 190 entre en vigor, son necesarias sólo dos ratificaciones, por ello esta primera ratificación constituye un paso importante en el proceso.

“Uruguay considera que la naturaleza transversal del Convenio núm. 190 hace que sea una herramienta muy útil para mejorar el marco jurídico y de relaciones laborales ya existente en el país”, declaró González Arenas. “Estos instrumentos se correlacionan con los desafíos del futuro del trabajo, los cuales están vinculados con la mayor movilidad de los trabajadores, la diversificación de los contratos de trabajo y el impacto de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en las relaciones laborales. Adaptarse a las dinámicas más modernas de nuestras sociedades, donde factores como la competitividad, la innovación, el aprendizaje permanente y la eficiencia tienen una relevancia incuestionable, precisa de nuevos instrumentos a fin de garantizar que los trabajadores estén protegidos y sus derechos sean respetados”.

El Convenio núm. 190 es el primer tratado internacional que aborda la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

Junto a la Recomendación núm. 206, este Convenio proporciona un marco común para la acción y constituye una oportunidad única para forjar un futuro del trabajo basado en la dignidad y el respeto, además pone de manifiesto el derecho de todas las personas a un mundo sin violencia y acoso. Contiene la primera definición internacional de violencia y acoso en el mundo del trabajo, incluida la violencia por razón de género.

Uruguay considera que la naturaleza transversal del Convenio núm. 190 hace que sea una herramienta muy útil para mejorar el marco jurídico y de relaciones laborales ya existente en el país. Estos instrumentos se correlacionan con los desafíos del futuro del trabajo."

Ricardo González Arenas, Embajador y Representante Permanente de Uruguay ante las Naciones Unidas en Ginebra
El Convenio se aplica al sector público y al sector privado, a la economía formal y a la informal, así como a las zonas urbanas y rurales. Ofrece protección para todos en el mundo del trabajo, independientemente de su situación contractual.

El Convenio requiere además que los Estados miembros que lo ratifiquen adopten, en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso a través de medidas de prevención, de protección, de control de la aplicación y de reparación, así como a través de la orientación, formación y sensibilización.

El Convenio reconoce además las funciones y atribuciones diferentes y complementarias de los gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores y de sus organizaciones respectivas, teniendo en cuenta la naturaleza y el alcance variables de sus responsabilidades. El Convenio y la Recomendación reafirman además la importante actividad normativa que desempeña la OIT. Estos instrumentos son una prueba tangible del valor y la fuerza perdurables del diálogo social y del tripartismo, que serán esenciales para implementarlos a nivel nacional.

González Arenas se refirió a “la larga tradición de Uruguay y fuerte compromiso hacia el sistema multilateral y, en particular, hacia la OIT”. Describió a la OIT como una organización tripartita normativa que ayuda a los países a mejorar las condiciones de vida de sus ciudadanos y a alcanzar relaciones de trabajo equilibradas donde los intereses de todos los interlocutores sociales estén debidamente protegidos.

El marco que proporciona el Convenio núm. 190 es, más que nunca, de extrema importancia durante la actual pandemia de la COVID-19.... El Convenio núm. 190 tiene un papel fundamental en la configuración de una respuesta y una recuperación centradas en las personas que combatan la injusticia y apoyen la construcción de una nueva normalidad, exenta de violencia y acoso."

Guy Ryder, Director General de la OIT
“Por todas estas razones, el Parlamento nacional aprobó el instrumento el 17 de diciembre 2019 y, al aprobar la Ley 19.849, y depositar el instrumento de ratificación, Uruguay se convierte en el primer país que ratifica este Convenio”, agregó.

El Director General de la OIT, Guy Ryder, agradeció el Presidente de Uruguay, Luis Lacalle Pou, por la ratificación de su país. “El marco que proporciona el Convenio núm. 190 es, más que nunca, de extrema importancia durante la actual pandemia de la COVID-19, ya que desde que comenzó el brote han sido denunciadas muchas formas de violencia y acoso relacionadas con el trabajo”, señaló Guy Ryder. El Convenio núm. 190 tiene un papel fundamental en la configuración de una respuesta y una recuperación centradas en las personas que combatan la injusticia y apoyen la construcción de una nueva normalidad, exenta de violencia y acoso. La ratificación refleja también el compromiso de larga data de Uruguay hacia la misión de la OIT, así como su intención de dejar claro que la violencia y el acoso en el lugar de trabajo no serán tolerados. Es de esperar que otros países lo imiten”.

Uruguay fue además el primer Estado miembro de la OIT en ratificar el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189), el cual fue el último convenio adoptado antes del Convenio núm. 190.